jueves, 30 de mayo de 2013

Impresiones del nuevo Anteproyecto de Ley de Evaluación Ambiental

El pasado 25 ha finalizado el periodo de información pública en el procedimiento de elaboración del Anteproyecto de Ley de Evaluación Ambiental. Al margen de las cuestiones de detalle, me llaman la atención dos aspectos de este proceso que dicen mucho sobre cómo entendemos en España la evaluación ambiental: la mejora de los instrumentos utilizando una sola pieza del sistema (modificación de la norma jurídica, recortando plazos) y el olvido del papel de la información científica que sirve de base a la evaluación de impacto ambiental (EIA) y evaluación ambiental estratégica (EAE). ¿Necesitamos dignificar la función de la evaluación ambiental?



Dignificación de la evaluación ambiental



El anteproyecto incluye numerosas modificaciones, como la unificación de la regulación de la evaluación de impacto ambiental y la evaluación ambiental estratégica y, por supuesto, un acortamiento de los plazos del procedimiento. Salvo cuestiones puntuales relacionadas que afectan a la participación, la propuesta de normativa es muy aceptable y puede suponer, si se resuelven cuestiones de redacción y de técnica normativa, una regulación que ayude a resolver problemas más que a crearlos. Sin embargo, el interés declarado es evitar demoras en los plazos y que la evaluación ambiental no suponga una traba en la actividades de los promotores, aspectos que van más allá de modificar únicamente la legislación existente.



Todos los esfuerzos por mejorar la normativa y para mejorar su aplicación deben ser bienvenidos. Las evaluaciones ambientales han sido una de las mejores oportunidades para introducir variables ambientales en la valoración de los intereses generales que debe hacer la administración.



No obstante, a veces se tiene la percepción de que para los responsables políticos y otros operadores las evaluaciones ambientales suponen una obligación formal y una traba en la ejecución de proyectos, más que una oportunidad de incluir información que permita tomar mejores decisiones que permitan evitar, eliminar, minimizar y, en su caso, compensar de forma efectiva los efectos adversos sobre el medio ambiente.



Debería dignificarse el papel de estas evaluaciones como un mecanismo en el que se aporta información científica relevante y un procedimiento que mejora tanto la transparencia y participación, como la mejor calidad de las decisiones administrativas



¿Mejora de las evaluaciones ambientales a través del BOE?



Se echa en falta en esta reforma a fondo un diagnóstico integral sobre la incidencia real de las EIA y EAE y cuáles son realmente sus problemas. El esfuerzo que se llevó a cabo en el Plan Estratégico de Patrimonio Natural y Biodiversidad, no preveía para la mejora de la calidad de las evaluaciones ambientales la modificación legislativa, sino otras muchas cuestiones relacionadas en el objetivo 3.15 sobre aplicación eficaz de los procedimientos de evaluación ambiental.



Sería recomendable reforzar prioritariamente la actuación del Ministerio en la identificación de las carencias del sistema de evaluación ambiental y la aplicación efectiva de la legislación existente, en vez de centrarse en la mera modificación legislativa del contenido, más simbólica y electoral que efectiva.



La mejora de estos instrumentos parece que es la rebaja de los plazos de tramitación de las diferentes etapas, pero esto unido al efecto de los recortes presupuestarios y la subcontratación o contratación de asistencias técnicas o servicios a empresas externas, puede suponer una gran merma de la calidad de las DIA (declaraciones de impacto ambiental) y del seguimiento ambiental.



La falta de transparencia de la subcontratación y de las empresas que realizan funciones externas también puede situarnos ante supuestos de conflictos de intereses que hasta el momento no se han abordado a nivel legislativo.



Información e investigación científica



Como instrumento que se basa en primera instancia en información científica de calidad, se echa de menos la oportunidad de incluir entre los principios del artículo 2 la importancia de la información científica. No resuelve problemas pero ayuda a tomar decisiones de calidad y fortalece la motivación de las decisiones.



Por otro lado, ¿de qué forma se ha acometido la mejora de la EIA y EAE mejorando los programas para fortalecer la ciencia de base y la investigación científica aplicada al mejor conocimiento de los ecosistemas españoles y su interacción con las actividades humanas? Se propone, por tanto, que desde el Ministerio se definan prioridades en investigación científica que puedan servir para reforzar la toma de decisiones por parte de las diferentes administraciones, y se comuniquen al Ministerio competente para que puedan ser tenidas en consideración.



También sería muy oportuna la inclusión en el artículo 2 del principio "science-based decision" o de que las decisiones sobre evaluación ambiental incorporen base científica y la "utilización de los mejores conocimientos científicos en la materia".



Y a vosotros, ¿qué os parecen las líneas maestras del anteproyecto?